La Anmat prohibió la fabricación y venta de un aceite de girasol

El organismo explicó que los productos presentan irregularidades en los registros y en el rotulad.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol. La disposición fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Mediante la disposición 2951/2021, la entidad informó el retiro del mercado del “Aceite de girasol, marca El Conquistador, RNE 09-751645, RNPA Exp 2019-17574/19, Industria Argentina”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Según explicó el organismo, todo se inició a raíz de una consulta de un consumidor a través del servicio ANMAT Responde de la Dirección de Relaciones Institucionales respecto de la información contenida en el rotulo del producto, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Ante ello, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos, las consultas federales para verificar “si los registros de establecimiento y producto que se exhiben en el rotulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informó que ambos registros son inexistentes”.

Estableció que se halla en infracción “por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”, advierte el documento.

Por ello, y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, la ANMAT explica que “toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.

Fuente: minutouno.com

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